En el día de ayer se publicó en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de Vivienda, Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, la cual entra en vigor hoy, 26 de mayo de 2023.
La misma introduce cambios significativos respecto a los requisitos para la admisibilidad de demandas cuya finalidad es recuperar la posesión de la vivienda (todo tipo de desahucios), así como para las demandas de ejecución hipotecaria. Para el inicio de dichos procedimientos, siendo la parte demandante un gran tenedor, la nueva ley exige que junto con el escrito inicial de demanda se acompañe documento que acredite la situación de vulnerabilidad del demandado.
Igualmente, para los casos de desahucio, también se exigirá la realización de una “fase extrajudicial” consistente en una conciliación previa a la interposición de demanda de desahucio con el futuro demandado, todo ello pendiente de desarrollo por cada una de las Administraciones Autonómicas y Locales competentes en materia de vivienda.
A la vista de la entrada en vigor de la Ley de la Vivienda se espera que cada Comunidad Autónoma desarrolle sus competencias en materia de vivienda a fin de establecer los requisitos concretos para la solicitud del informe de vulnerabilidad de los demandados y del acto de conciliación o intermediación previo entre las partes.